Beneficios sociales e integrales a los que tienes derecho
Revisa acá los beneficios de la Ley 1979 de 2019; la Ley 1699 de 2013 y la Ley 14 de 1990
Última actualización: jueves, octubre 06 de 2022
Veteranos de la Fuerza Pública en el desfile de la Independencia de Colombia
Beneficios de la Ley del Veterano o Ley 1979 de 2019 (para todos los veteranos de la Fuerza Pública)
- Honores en actos públicos: reconocimientos en ceremonias oficiales y de carácter nacional, distrital, departamental y municipal.
- Creación del Día del Veterano: el 10 de octubre de cada año se conmemora el Día del Veterano a nivel nacional.
- Aumento de pensión para soldados e infantes de marina profesionales y regulares de las Fuerzas Militares, y auxiliares y patrulleros de la Policía nacional, pensionados por invalidez originada por acción directa del enemigo o combate.
- Fondo educativo: se creó el Fondo de Fomento de la Educación Superior con recursos del Gobierno nacional para otorgar créditos educativos condonables a los beneficiarios de la Ley por medio del Icetex.
- Acceso a educación oficial: tienen prioridad para acceder a educación básica, capacitación técnica y tecnológica (SENA), y a educación superior en universidades oficiales.
- Afiliación de Caja Honor: pueden afiliarse voluntariamente a Caja Honor y acceder a los servicios financieros para la adquisición de vivienda propia.
- Importación de vehículo especial sin gravamen: los Veteranos con discapacidad tiene derecho a importar libre de cualquier gravamen nacional un (1) vehículo nuevo para uso personal.
- Prioridad en vuelos nacionales: los Veteranos tienen prelación para abordar un vuelo de las aerolíneas que operen en el territorio colombiano.
- Creación de la Comisión Intersectorial para la Atención Integral al Veterano: compuesta por entidades del estado, con el fin de incluir en sus programas criterios de prioridad para los veteranos beneficiarios de la Ley.
- Creación del Consejo de Veteranos: como órgano de consulta e interlocución entre los Veteranos y el Gobierno Nacional.
- Descuento del 20% en el valor de la cuota de compensación militar para los hijos o custodios legales de los Veteranos (reservistas de honor y quienes hayan participado en conflictos internacionales).
- Descuento del 10% en el trámite de actualización de los registros de armas para los Veteranos.
- Para los empresarios que vinculen laboralmente a los beneficiarios de la Ley que tengan entre 18 a 40 años de edad al momento del inicio del contrato, no tendrán que realizar los aportes a Cajas de Compensación Familiar durante los dos primeros años de vinculación.
Beneficios de la Ley 1699 de 2013 (para veteranos con discapacidad)
Económicos:
- Financiación de estudios: crédito educativo condonable en un noventa por ciento (90%), para adelantar programas de pregrado (técnicas profesionales, tecnológicas y universitarias) o de educación para el trabajo y desarrollo humano.
- Beneficios en los productos básicos de primera necesidad: descuentos en todos los productos básicos de primera necesidad en grandes almacenes de cadena o grandes superficies a nivel nacional.
- Beneficios en espectáculos: descuento del cincuenta por ciento (50%) en la boletería para espectáculos culturales, deportivos, artísticos y recreacionales que se celebren en escenarios públicos, que pertenezcan a la Nación o a las entidades distritales o municipales.
- Beneficios en exhibición cinematográfica en salas de cine: descuentos del cincuenta por ciento (50%) en la boletería para el ingreso a diferentes salas de cine.
Tarifa diferencial
- Transporte Aéreo: descuentos en las tarifas aéreas de las rutas nacionales de pasajeros del diez por ciento (10%) del total de la tarifa más económica, que se encuentre disponible al momento de hacer la reserva, sin incluir impuestos.
- Telefonía e internet fija Y móvil, y televisión por cable: tarifas diferenciales con descuentos del quince por ciento (15%) en todos sus planes bajo los parámetros de cada operador.
- Operadores de hotelería: tarifas diferenciales en baja temporada, con descuentos del diez por ciento (10%) del valor de la tarifa, bajo los parámetros de cada empresa.
- Sitios turísticos: tarifa diferencial en baja temporada que otorga un descuento del treinta (30%) sobre el valor de las tarifas de ingreso, a sitios de interés turístico de acceso permitido al público, que sean de propiedad del Estado.
Otros beneficios
- Entrada gratuita: ingreso gratuito para beneficiarios a las instalaciones de museos, bienes de interés cultural y centros culturales de la Nación, de los distritos, municipios y privados.
- Ventanilla preferencial: entidades públicas o privadas que presten servicios públicos, deberán establecer un mecanismo que permita la atención preferencial del público con el fin de facilitar y agilizar las gestiones que realicen las personas con discapacidad a que hace referencia.
Beneficios de la Ley 14 de 1990 (para los reservistas de honor)
Educación
- Educación básica y capacitación: los establecimientos oficiales de enseñanza de todo nivel, tienen la obligación de admitir para los estudios respectivos, a los “reservistas de honor”, sin que tengan que pagar ninguna clase de contraprestación.
- Educación superior: destinación anualmente por parte de ICETEX de un cinco por ciento (5%) de los créditos para estudios en el país, y un mínimo de tres (3) cupos de las becas disponibles anualmente para especializaciones en el exterior.
- Educación especial: los diferentes centros oficiales de educación especial deben admitir al “reservista de honor”, cuando por su incapacidad física, le resultare imposible la integración al sistema educativo ordinario.
- Capacitación tecnológica: los centros oficiales que tengan como finalidad la capacitación técnica o tecnológica, tienen la obligación de admitir como mínimo, un diez por ciento (10%) de “reservistas de honor”.
Integración laboral
- Ubicación laboral: las entidades de derecho público están obligadas a emplear a los “reservistas de honor” que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior del dos (2%) de la totalidad de la planta de personal.
Crédito
- Las entidades descentralizadas de crédito público, darán prelación y otorgarán préstamos de dinero con plazos mayores y tasas de interés equivalentes al cincuenta por ciento (50%) de las establecidas en la entidad, para actividades de pequeña industria y comercio, a los “reservistas de honor”.
Recreación y cultura
- Los “reservistas de honor” podrán ingresar gratuitamente y exentos de todo impuesto, a espectáculos públicos que se presenten en escenarios de carácter oficial, y a centros culturales de igual naturaleza.
Documentos anexos
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