¿Qué trámites pueden hacer los veteranos y beneficiarios en la DIVRI?

Última actualización: miércoles, septiembre 17 de 2025
Los trámites ante la DIVRI se pueden realizar de manera virtual o presencial.

Acá te mostramos también qué procesos se deben adelantar en otras entidades y dependencias.

La Dirección de Veteranos y Rehabilitación Inclusiva, DIVRI, del Ministerio de Defensa Nacional, atiende y gestiona diversos trámites que garantizan el bienestar de los veteranos de la Fuerza Pública, y sus beneficiarios.

Los siguientes son los trámites en los que la DIVRI presta una atención especializada:

 

1.     Pensión de sobreviviente o por muerte


Reconocimiento de pensión mensual para los familiares de miembros activos de las Fuerzas Militares fallecidos en servicio o durante la prestación del servicio militar obligatorio.

 

2.     Sustitución pensional para beneficiarios de la Fuerza Pública

Trámite de reconocimiento y pago de la pensión a los beneficiarios de un pensionado fallecido perteneciente a la Fuerza Pública.

 

3.     Pensión de invalidez


Otorgamiento de pensión a personal militar o civil del Ministerio de Defensa que haya sufrido una pérdida de capacidad laboral en servicio, calificada por junta médica.

 

4.     Subsidio para Veteranos de la Guerra de Corea y del conflicto con el Perú


Reconocimiento económico a veteranos supervivientes que se encuentren en condición de indigencia.

 

5.     Gastos de inhumación

Reembolso a quienes hayan sufragado los gastos funerarios de un pensionado fallecido, dentro de los rangos legales establecidos.

 

6.     Pensión de jubilación para empleados del Ministerio de Defensa

Trámite de pensión para quienes hayan completado 20 años de servicio y se vincularon antes de la Ley 100 de 1993.

 

7.     Pensión de vejez para personal civil

Reconocimiento de pensión a empleados públicos del Ministerio de Defensa Nacional que cumplan 65 años y no tengan acceso a otras prestaciones pensionales.

 

Además, la Dirección también gestiona otras solicitudes clave para el reconocimiento de nuestros veteranos como:

·        Solicitud y entrega de la acreditación como Veterano de la Fuerza Pública (Ley 1979 de 2019).

·        Solicitud y expedición del carné de la Ley 1699 de 2013.

·        Expedición del Carné de la Ley 14 de 1990 que identifica a los reservistas de honor.

El trámite correspondiente lo puedes hacer en www.divri.gov.co, o al correo contactenos@divri.gov.co. La DIVRI también cuenta con la oficina de atención al ciudadano donde se brinda atención personalizada (calle 21#44-40).

Es importante tener en cuenta que los siguientes trámites deben ser gestionados ante otras entidades del Sector Defensa:

·        Reconocimiento de pensión por tiempo de servicio:

Se solicita en Caja de Retiro (CREMIL o CASUR dependiendo la Fuerza)

·        Reconocimiento de bonos pensionales

 Dirección de Talento Humano del Ministerio de Defensa

·        Certificación Electrónica de Tiempos Laborados (CETIL)

 Archivo General del Ministerio de Defensa

·        Aprobación del Documento de Identificación Digital (DID)

Responsabilidad de control de reserva de cada Fuerza

·        Pago de Cesantías

Responsabilidad de cada Fuerza

·        Certificado de discapacidad

Sanidad Militar

·        Junta Medica Laboral

Sanidad Militar

·        Información sobre turnos de pago de demandas

 Grupo Contencioso Constitucional MDN – Obligaciones Litigiosas

 

 

 

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