¿En qué fondo de educación superior del MinDefensa el veterano puede ceder el beneficio a un hijo?

Última actualización: jueves, noviembre 06 de 2025
Los fondos educativos están en cabeza del Ministerio de Defensa Nacional, y gestionados por la DIVRI

Actualmente se encuentran abiertas las dos convocatorias que con créditos condonables del Icetex, los veteranos pueden cursar pregrados y posgrados.

Desde el pasado lunes 27 de octubre, y por primera vez, se encuentran abiertas en simultáneo las convocatorias de los dos fondos educativos de educación superior del Ministerio de Defensa Nacional para los veteranos de la Fuerza Pública, con ocasión de la conmemoración del Día del Veterano.

Se trata del fondo de la Ley 1699 de 2013, para los veteranos que adquirieron discapacidad con ocasión del servicio, y la contemplada en la Ley 1979 de 2019, para todos los veteranos sin distinción, ambos con recursos del Ministerio de Defensa, y que a través de créditos condonables del Icetex permite cursar pregrados o posgrados en instituciones de educación superior reconocidas por el Ministerio de Educación Nacional.

Hay uno de estos dos fondos que le permite al veterano ceder el beneficio a un hijo menor de 25 años. Se trata del de la Ley 1699 de 2013, por lo que sólo los veteranos que tengan pensión de invalidez podrán hacerlo. Uno de los requisitos es que el beneficiario ya se encuentre matriculado para cursar un programa académico.

De igual manera, los dos fondos educativos contemplan que hijos o cónyuges de un miembro de la Fuerza Pública fallecido en combate o por acción del enemigo, es decir huérfanos y viudas, sean también beneficiados con los créditos condonables, que incluye el 90 por ciento del valor de la matrícula.

En cualquiera de los dos fondos, se privilegiará a aquellos veteranos que pertenezcan a los estratos socioeconómicos 1, 2 y 3. Si quieres conocer más de las dos convocatorias y registrarte, haz clic aquí.

   

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