Veterano, ¿Sabías que cuentas con exención de la tasa aeroportuaria en vuelos nacionales?
Aplica sólo para tiquetes comprados directamente en la aerolínea o aeropuerto administrado por la Aerocivil.
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¿Haciendo planes para visitar alguna ciudad en Semana Santa? Ten en cuenta que por ser veterano de la Fuerza Pública tienes derecho a la exención de la tasa aeroportuaria para vuelos nacionales en los tiquetes comprados directamente en la aerolínea o aeropuerto administrado por la Aerocivil.
Este beneficio está consignado en la resolución número 00964 del 28 de mayo de 2021 del Ministerio de Transporte en cabeza de la Aeronáutica Civil. Para hacer efectiva la exención, debes mostrar la acreditación de veterano de las Fuerzas Militares y Policía Nacional. Recuerda que esta acreditación la debes realizar de manera digital en el portal www.divri.gov.co. Puedes hacer clic aquí para realizar el procedimiento.
Los siguientes son los aeropuertos no administrados o concesionados por la Aerocivil, por lo que en ellos no aplica la exención descrita:
- Bogotá
- Medellín
- Cali
- Bucaramanga
- Cartagena
- Santa Marta
- Cúcuta
- Montería
- Quibdó
- Valledupar
- Riohacha
- Rionegro (Antioquia)
- Barrancabermeja (Santander)
- Corozal (Sucre)
- Carepa (Antioquia)
Este es uno de los varios beneficios que ha gestionado la Dirección de Veteranos y Rehabilitación Inclusiva, DIVRI, del Ministerio de Defensa Nacional, gracias a los mandatos contenidos en la Ley 1979 de 2019, o Ley del Veterano.
Mira la resolución expedida por la Aerocivil:
Documentos anexos
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