Excepciones
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Excepción 1:En caso de ser personal civil
Tener una disminución de la capacidad laboral igual o superior al 75%, adquirida en el servicio en cualquier circunstancia y estar regido por el Decreto 1214 de 1990.
Nota:para cumplir con esta acción no debe adjuntar ningún soporte. La institución verificará que usted cumpla con lo que se solicita.
Aplica para:Ciudadano.
Excepción 2:En caso de ser militar
Adquirir en servicio una disminución de la capacidad laboral igual o superior al 50%, condición que aplica después de entrada en vigencia del Decreto 4433 de 2004.
Nota:para cumplir con esta acción no debe adjuntar ningún soporte. La institución verificará que usted cumpla con lo que se solicita.
Aplica para:Ciudadano.
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